Se acerca el Día de la Independencia y todos sacamos la parrilla para celebrarlo. A los tejanos les gusta celebrar el 4 de muchas formas, como hogueras, barbacoas y cervezas. Otra opción popular para la celebración son los fuegos artificiales. Pero tenga cuidado; aunque el Estado de Texas permite la venta de fuegos artificiales a los consumidores sin licencia especial (con restricciones), las leyes relativas a la venta y uso de fuegos artificiales difieren según la ciudad.

Es importante saber qué está permitido en tu ciudad, para evitar detenciones, multas o la incautación de tus fuegos artificiales estas fiestas. Siga leyendo para saber qué impone su ciudad en materia de fuegos artificiales.

Lo que dice el Estado de Texas:

Los fuegos artificiales sólo pueden venderse en determinadas épocas del año, normalmente durante la semana previa a una fiesta importante. Además del Cuatro de Julio y el Año Nuevo, los condados de Texas tienen la opción de incluir también el Día de la Independencia de Texas (2 de marzo), el Día de San Jacinto (21 de abril), el Cinco de Mayo (5 de mayo) y el Día de los Caídos. Puede utilizar fuegos artificiales cualquier día del año siempre que no estén prohibidos en la zona donde vive.

Sección 2154.003 Fuegos artificiales permitidos

(a) Salvo lo dispuesto en la Subsección (b), los fuegos artificiales 1.4G son fuegos artificiales permitidos. (b) No se permiten los siguientes artificios pirotécnicos:

(1) cohetes del cielo o «cohetes de botella» con:

(A) una carga propulsora total inferior a cuatro gramos;

(B) un tamaño de carcasa inferior a cinco octavos de pulgada para el diámetro exterior e inferior a 3-1/2 pulgadas de longitud; y

(C) una longitud total, incluido el palo, inferior a 15 pulgadas; y

(2) otros artificios pirotécnicos que la Comisión para la Seguridad de los Productos de Consumo de los Estados Unidos no considere aceptables.

(c) El término «cohete de botella» no podrá utilizarse en asociación con la publicidad o la venta de fuegos artificiales.

(d) Además de los artículos descritos en la Subsección (b), los cohetes pop con una longitud de carcasa propulsora inferior a cinco pulgadas, un diámetro exterior inferior a tres cuartos de pulgada y una longitud total total del cohete inferior a 26 pulgadas no son fuegos artificiales permitidos.

Sección 2154.251 Uso prohibido de fuegos artificiales

(a) Una persona no puede:

(1) explotar o encender fuegos artificiales a menos de 600 pies de cualquier iglesia, un hospital que no sea un hospital veterinario, un asilo, un centro de cuidado infantil con licencia, o una escuela primaria o secundaria pública o privada o institución de educación superior a menos que la persona reciba autorización por escrito de dicha organización;

(2) vender al por menor, explotar o encender fuegos artificiales a menos de 100 pies de un lugar donde se almacenen y dispensen líquidos inflamables o gases comprimidos inflamables;

(3) explotar o encender fuegos artificiales a menos de 100 pies de un lugar donde se almacenen o vendan fuegos artificiales;

(4) encender o descargar fuegos artificiales en o desde un vehículo de motor;

(5) colocar artificios de pirotecnia encendidos en un vehículo de motor o lanzarlos contra el mismo;

(6) realizar un espectáculo público de fuegos artificiales que incluya fuegos artificiales 1.3G a menos que la persona sea un operador pirotécnico autorizado;

(7) llevar a cabo una exhibición próxima de fuegos artificiales que incluya fuegos artificiales 1.3G o fuegos artificiales 1.4G según se definen en las normas NFPA 1126 para el uso de pirotecnia ante un público próximo, a menos que la persona sea un operador autorizado de efectos especiales pirotécnicos y cuente con la aprobación del responsable local de prevención de incendios; o bien

(8) vender, almacenar, fabricar, distribuir o exhibir fuegos artificiales, salvo lo dispuesto en este capítulo o en las normas adoptadas por el comisionado en virtud de este capítulo.

(b) Una persona no puede fabricar, distribuir, vender o utilizar fuegos artificiales en un espectáculo público de fuegos artificiales sin una licencia o permiso apropiado. Los artificios de pirotecnia fabricados, distribuidos, vendidos o utilizados sin la correspondiente licencia o permiso son artificios de pirotecnia ilegales.

Sección 2154.252 Prohibición de ciertas ventas de fuegos artificiales

(a) A menos que los fuegos artificiales se ajusten a las normas de la Comisión de Seguridad de Productos de Consumo de los Estados Unidos y del departamento, una persona en este estado no puede:

(1) vender los artificios de pirotecnia al por menor;

(2) ofrecer los artificios de pirotecnia para su venta al por menor;

(3) poseer los fuegos artificiales para su venta al por menor en este estado; o (4) transportar, utilizar o explotar los fuegos artificiales en este estado.

(b) Una persona puede ofrecer a la venta al público en general Pirotecnia 1.4G sólo en puntos de venta autorizados. Queda prohibida toda venta por correo de Pirotecnia 1.4G.

(c) No se podrán vender ni poner a la venta fuegos artificiales a menores de 16 años ni a personas intoxicadas o incompetentes. Una persona que venda fuegos artificiales al por menor deberá hacer un esfuerzo razonable para determinar que los compradores potenciales de fuegos artificiales tienen la edad mínima requerida por esta subsección.

(d) Un fabricante, distribuidor, comerciante o importador con licencia no podrá vender artificios de pirotecnia a una persona que no posea una licencia o permiso.

Lo que dice tu ciudad:

Bryan-college Station:

En la ciudad de Bryan, la posesión, almacenamiento, venta, uso y descarga de fuegos artificiales de todo tipo están prohibidos. Esto incluye todo tipo de fuegos artificiales de consumo, incluidos petardos, bombas de humo, fuentes, bengalas, poppers y velas romanas.

En College Station, el lanzamiento de fuegos artificiales a menos de 1.500 metros de los límites de la ciudad es un delito menor y puede acarrear multas de hasta 2.500 dólares.

https://blog.cstx.gov/2022/06/30/the-best-ways-to-celebrate-a-spectacular-fourth-of-july-in-college-station/

Waco:

Es una violación de las ordenanzas de la ciudad poseer, usar, fabricar, vender, regalar, transportar o descargar fuegos artificiales dentro de los límites de la ciudad de Waco o dentro de 5,000 pies de los límites de la ciudad sin un permiso del jefe de bomberos. La ordenanza también prohíbe la posesión de fuegos artificiales por parte de menores.

Los únicos fuegos artificiales permitidos en los límites de la ciudad sin permiso son las «serpientes», las bombas de humo, los «snap and pops», las bengalas y los «champagne poppers». Están permitidos los fuegos artificiales vendidos por tiendas minoristas como Wal-Mart, Target, etc. Es ilegal utilizar o poseer fuegos artificiales adquiridos en puestos situados fuera de los límites de la ciudad (excepto los artículos enumerados anteriormente).

https://www.waco-texas.com/fire/fire-prevention.asp#gsc.tab=0

Templo:

Aunque la venta de fuegos artificiales es legal en el condado de Bell, sigue siendo ilegal vender, poseer o encender fuegos artificiales en los límites de la ciudad. Los parques lacustres locales también piden a los residentes que mantengan alejados los fuegos artificiales. Esto restringe los fuegos artificiales legales a las propiedades privadas fuera de los límites de la ciudad.https://www.templetx.gov/news_detail_T13_R280.php

Houston:

Es ilegal lanzar fuegos artificiales en la ciudad de Houston. Un proyecto de ley de la Cámara de Texas permite el transporte de fuegos artificiales, sin embargo hay restricciones que incluyen dónde se encuentran los fuegos artificiales dentro del vehículo y si están abiertos o no. Más información en HB1813 >>>

El Ayuntamiento seguirá haciendo cumplir, de conformidad con la legislación estatal, la normativa sobre incendios y seguridad dentro de la ciudad.

Los residentes del Condado de Harris también deben ser conscientes de que el HFD hará cumplir la prohibición de fuegos artificiales en las Áreas de Anexión de Propósito Limitado.

Las multas oscilan entre 500 y 2.000 dólares por cada fuego artificial.

Las advertencias ya no se utilizan debido a la gravedad de las leyes sobre fuegos artificiales. Si un menor es sorprendido con fuegos artificiales, el padre, madre o tutor recibirá la multa aunque no tuviera conocimiento de la posesión y/o uso por parte del menor.

Aunque es legal comprar, poseer y utilizar fuegos artificiales de consumo (1.4G) en las áreas no incorporadas del condado de Harris, hay algunos lugares donde no se pueden utilizar fuegos artificiales incluso en el condado no incorporado. Por ejemplo, cerca de iglesias, hospitales, asilos, guarderías autorizadas, centros públicos o privados de enseñanza primaria o secundaria, instituciones de enseñanza superior, a menos que la persona reciba autorización por escrito de dicha organización.

https://houstontx.gov/fire/safetyinfo/fireworks.html

Austin:

La ciudad de Austin ha adoptado una ordenanza que prohíbe el almacenamiento, uso y manipulación de fuegos artificiales dentro de la ciudad de Austin. El Departamento de Bomberos de Austin ha buscado enérgicamente el cumplimiento de esta ordenanza.

El Departamento de Transporte de EE.UU. no clasifica los siguientes artículos enumerados como fuegos artificiales comunes, y su uso está permitido dentro de la ciudad de Austin:

  • Snake, GlowWorms – Pellets prensados de composición pirotécnica que al arder producen una gran ceniza en forma de serpiente. La ceniza se expande en longitud a medida que el pellet se quema. Estos dispositivos no pueden contener tiocianato mercúrico.

  • Dispositivo de humo – Tubo o esfera que contiene una composición pirotécnica que, al encenderse, produce humo blanco o coloreado como efecto principal.

  • Bengala de alambre – Alambre recubierto de una composición pirotécnica que produce una lluvia de chispas al encenderse. Estos artículos no pueden contener magnesio y no deben superar los 100 g de composición por artículo. Los dispositivos que contengan sales de clorato o perclorato no podrán superar los 5 g de composición por artículo.

  • Trick Noisemaker – El elemento produce un pequeño informe con la intención de sorprender al usuario. Estos dispositivos incluyen:

    • Party Popper – Pequeño objeto de plástico o papel que contiene no más de 16 mg de composición explosiva sensible a la fricción. Se tira de una cuerda que sobresale del dispositivo para encenderlo, expulsando chorros de papel y produciendo un pequeño informe.

    • Trampa para bobos – Pequeño tubo con un cordel que sobresale por ambos extremos, de diseño similar a un «party popper». Se tira de los extremos de la cuerda para encender la composición sensible a la fricción, produciendo un pequeño informe.

    • Pargo – Pequeño objeto envuelto en papel que contiene una cantidad ínfima de composición explosiva recubierta de pequeños trozos de arena. Cuando se cae, el dispositivo explota, produciendo un pequeño informe.

    • Cerilla trucada – Cerilla de cocina o de libro que ha sido recubierta con una pequeña cantidad de explosivo o composición pirotécnica. Al encenderse la cerilla, se produce un pequeño ruido o una lluvia de chispas.

    • Carga de cigarrillo – Pequeña clavija de madera que ha sido recubierta con una pequeña cantidad de explosivo o composición pirotécnica. Al encenderse la cerilla, se produce un pequeño ruido o una lluvia de chispas.

    • Alarma antirrobo automática – Tubo que contiene una composición pirotécnica que produce un fuerte silbido y/o humo al encenderse. También puede utilizarse una pequeña cantidad de explosivo, no superior a 50 mg, para producir un pequeño informe. Para encender el artefacto se utiliza una espoleta.

**Aunque no se requiere ningún permiso para los dispositivos mencionados, los usuarios deben seguir todas las recomendaciones de seguridad, manipulación y almacenamiento del fabricante y estos dispositivos deben utilizarse siempre en un lugar seguro al aire libre.

https://www.austintexas.gov/department/fire/faq

Las consecuencias:

Si se le encuentra en posesión de fuegos artificiales ilegales en Texas, podría enfrentarse a multas elevadas y a la confiscación de sus fuegos artificiales. Si tiene alguna duda, consulte a la administración local de su ciudad antes de comprar, vender o utilizar fuegos artificiales.

Si usted ha sido arrestado o acusado de un delito penal por la venta ilegal o el uso de fuegos artificiales, llámenos hoy para una consulta gratuita con un abogado de defensa criminal experimentado y dedicado: 979-779-2000.